legal
¿Es obligatorio poner nombre y apellidos en la carta de porte?
La firma del cargador y del destinatario sí es obligatoria, pero el artículo 11.2 de la Ley 15/2009 admite el sello de empresa en su lugar, siempre que quede acreditada la identidad del firmante. Qué vale, qué no vale y qué conviene poner.